CONFRONTACION.
Es necesaria una diligencia de confrontación para que los testigos de cargo reconozcan al reo como el mismo individuo que lesionó a la víctima.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296223-b43c0ad0/confrontacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3618/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Edmundo Elorduy.
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