LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
La defensa legítima implica la juridicidad del rechazo de la agresión, en tanto que en la riña, la conducta de los contendientes implica la conciencia de esta violando el orden jurídico, por ello es que no pueden coexistir, pues mientras que en la riña existen dos agresiones, en la defensa legítima solamente una y la objetividad de la violencia por parte del que se defiende, no es agresión, sino rechazo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296250-47be53b2/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5443/53. Por acuerdo de la Primera Sala , de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGÍTIMA DEFENSA Y RIÑA.- (1695)
- LEGÍTIMA DEFENSA Y RIÑA.- (1694)
- RIÑA Y LEGITIMA DEFENSA. DIFERENCIAS. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis