LEGÍTIMA DEFENSA Y RIÑA.-
La eximente de responsabilidad de legítima defensa es, ante todo, evitación, en tanto que en la riña los protagonistas asumen los riesgos del combate, al acudir a las vías de hecho para dirimir sus diferencias, mas no para impedir el ataque. Mientras la causa de justificación por defensa legítima requiere que una de las conductas sea lícita, acorde con el derecho, frente a una injusta agresión, en la riña las dos actitudes son siempre antijurídicas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906636-92beb9e3/legitima-defensa-y-rina-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3997/60.-Marcelino González Hernández.-28 de octubre de 1960.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Ángel González de la Vega.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XL, Segunda Parte, página 54, Primera Sala.
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