MIEDO GRAVE.
Se debe desechar la excluyente del miedo grave o temor fundado irresistible, si no aparece que el acusado haya obrado por una fuerza anulatoria por completo a su voluntad, ni obró bajo el influjo de una emoción grave e inminente que lo hubiera hecho perder la conciencia de sus actos y su dominio volitivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296481-3b370cd4/miedo-grave · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 990/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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