CLASIFICACION DEL DELITO, NO PUEDE EL JUEZ MODIFICAR LA DEL MINISTERIO PUBLICO.
Si el tribunal de apelación, reclasificando el delito, sancionó al quejoso por un delito respecto del cual el presentante social no llegó a ejercitar la acción correspondiente, violó con ello garantías individuales públicas en perjuicio del quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296696-f043faef/clasificacion-del-delito-no-puede-el-juez-modificar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7376/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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