DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE.
El quejoso es culpable del delito de disparo de arma de fuego, si disparó contra la ofendida, pero no le pegó porque ésta le levantó la mano y desvió el balazo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296776-12d92c9f/disparo-de-arma-de-fuego-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5266/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
Jurisprudencia relacionada
- DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE. (s/clave)
- DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE. (s/clave)
- ARMA DE FUEGO, DELITO DE DISPARO DE. (s/clave)
- DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE. (860)
- DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE. (s/clave)
- DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis