DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE.
Habiendo el quejoso inferido una lesión al ofendido al dispararle un arma de fuego, aun cuando en un solo hecho violó dos disposiciones legales, lo cierto es que existió unidad de intención, que fue la de causar el daño, y como éste lo irrogó al hacer el disparo, es indudable que las lesiones que ocasionó fueron el resultado del medio que empleó, o sea el disparo, por lo que la autoridad represiva únicamente debió sancionarlo por el delito de lesiones, y no por el de disparo de arma de fuego.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295878-bc103c14/disparo-de-arma-de-fuego-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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