DISPARO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES LEVES.
El disparo de arma de fuego, como delito destacado, no se configura cuando es el medio adecuado para la producción del resultado típico, en aquellos ilícitos en que el disparo determina la producción de lesiones graves y homicidio; pero ello no ocurre cuando las lesiones son tal leves que cobra mayor relevancia la puesta en peligro de bienes jurídicos como lo es la vida del ofendido, a quien el acusado pretendía matar, según quedó demostrado por el hecho de haber disparado éste el segundo tiro cuando aquél estaba caído.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294191-b44d5a61/disparo-de-arma-de-fuego-y-lesiones-leves · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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