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ACCION PENAL, EJERCICIO DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 296934 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1531

Si el representante de la sociedad, en ejercicio de la acción penal que le otorga el artículo 21 constitucional, no acusó al quejoso por cierto delito, y la autoridad responsable indebidamente y con notoria infracción de las garantías individuales del quejoso, conceptuó acreditado ese acto delictivo, que tampoco fue denunciado por los que se dijeron ofendidos y que, si bien constituyó el ejercicio de la acción penal por el Ministerio Público en el momento de la consignación, y materia del auto de prisión preventiva decretada contra el quejoso, a pesar de que el representante de la sociedad no estableció los hechos constitutivos de ese delito, en su oficio de consignación, ni el Juez de la causa le puso en conocimiento que estaba acusado por ese delito, sino solo por el otro diverso cometido con los mismos actos, la sentencia reclamada causó un daño constitucional al quejoso al violar sus garantías individuales en cuanto a que, no obrando acusación del representante de la sociedad por el acto ilícito de que se acaba de hablar, lo declaró responsable como autor del mismo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296934-a7abf328/accion-penal-ejercicio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 1313/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona. Quinta Epoca: Tomo XXXV, pág. 637. Amparo penal directo 461/31. Maldonado Honorato. 26 de mayo de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XII, pág. 189. Amparo penal directo S/N. Mejía Francisco. 25 de enero de 1923. Mayoría de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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