PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Es facultad de los Jueces apreciar las circunstancias objetivas concurrentes, así como las características del infractor, e imprimir mayor o menor valor a tales antecedentes para deducir y determinar la peligrosidad del delincuente e individualizar la pena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296946-399f4cd9/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4400/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente
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