LEGITIMA DEFENSA.
La previsión de la agresión y la posibilidad de evitarla por otros medios legales, no pueden significar el exceso de la legítima defensa, sino que son causas de inexistencia de esta excluyente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297240-6f356433/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2245/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de enero de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente y relator: Luis G. Corona.
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