FRAUDE, DELITO DE.
Los casos señalados por la ley como fraudes específicos, por necesidad lógica, tienen que contener en sí los elementos esenciales del fraude genérico, pues no sería especie aquélla que no estuviera comprendida dentro del género. Los elementos esenciales del fraude son: engaño o aprovechamiento de error, y esto como medio para hacerse de alguna cosa u obtener un lucro indebido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297484-9139aaa0/fraude-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 8551/48. Olivares Terrazas David. 28 de agosto de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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