BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL, PECULADO EN PERJUICIO DEL.
El Banco Nacional de Crédito Ejidal, conforme a la Ley de su creación, es una Institución de Participación Estatal, en la que el poder público se ha reservado la dirección administrativa, con fines de beneficio colectivo, y estando acreditado el carácter de empleado del mismo, que tenia el acusado, en la época de la comisión de los hechos que se le imputan, así como la circunstancia de haber recibido en depósito bienes pertenecientes a la Institución a la que servía, que distrajo de sus fines propios en provecho de diversas personas, a quienes se los regalo, se encuentran comprobados los elementos del delito de peculado, así se admita que esos bienes habían sufrido demérito o perdido su valor, pues de todas maneras carecía de derecho y facultades para disponer de los mismos, cualquiera que fuera su estado. (artículo 220 del Código Penal).
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298263-359cd763/banco-nacional-de-credito-ejidal-peculado-en-perjuicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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