BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL, PECULADO DE EMPLEADOS DEL.
Si el acusado estuvo encargado de un servicio público, por su nombramiento en el Banco Nacional de Crédito Ejidal, institución que legalmente es de naturaleza descentralizada, y, por razón de su cargo, recibió las sumas de dinero que motivaron su procesamiento, distrayéndolas de su objeto, cometió el delito de peculado tipificado en el artículo 220 del Código Penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300351-3d8c8d5a/banco-nacional-de-credito-ejidal-peculado-de-empleados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2417/48. Lozano López Sergio. 24 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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