CONFESION DEL REO.
La confesión es el reconocimiento por el reo, de su propia culpabilidad, derivada de un hecho propio. Y es evidente que cuando la confesión satisface determinados requisitos de fondo y forma que establecen las leyes de la materia, dicha confesión hace prueba plena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298381-f7130e79/confesion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1941/51. Zúñiga Martínez Salvador. 14 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. ausente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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