RETRACTACION DEL REO Y LOS TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL.
La retractación del acusado y de un testigo de cargo, y el dicho de otro testigo, no desvirtuados por ninguna prueba del sumario, deben ser admitidos como valederos aun frente a las anteriores aseveraciones de los primeros, en mérito del principio de que debe estarse a lo más favorable para el acusado. Sólo alguna prueba del proceso contradijera abiertamente la retracción, volviéndola inverosímil, tendrían que privar de valor a aquellas primitivas declaraciones, en fuerza de su dudoso valor probatorio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298953-21fc2eb8/retractacion-del-reo-y-los-testigos-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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