CITA ERRONEA DE ARTICULOS POR EL JUEZ DE DISTRITO.
Si el fallo cuestionado, para sobreseer, alude a una fracción del artículo 74 de la Ley de Amparo que ostensiblemente es inaplicable, debiendo aludir a otra, tal error no motiva mas que la rectificación consiguiente, pero no la revocación de la parte resolutiva, si de todas maneras se llega al sobreseimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299240-5fac3603/cita-erronea-de-articulos-por-el-juez-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 5466/50. Aguilar Sánchez Vicente. 9 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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