FRAUDE, DELITO DE (LEGISLACION DE JALISCO).
Para demostrar la existencia del delito de fraude, es preciso acreditar, siquiera con elementos presuncionales hasta formar la prueba plena, el engaño puesto en juego por el acusado para recibir de los denunciantes las sumas de dinero de que se trate, pues la sola justificación de que entregaron, el uno en calidad de préstamo y el otro en comisión mercantil, dinero en efectivo al procesado, no revela la intención dolosa del deudor, y el estado de mora no es bastante para acreditar un hecho anterior, que debe recibir prueba especial, pues de otro modo todo deudor insolvente o simplemente moroso, quedaría incurso en el delito de fraude, lo cual es contrario a la letra y el espíritu de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299495-27dca6d0/fraude-delito-de-legislacion-de-jalisco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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