LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
Si bien tanto en la legítima defensa como en la riña, existe un intercambio de actos violentos, al grado de que la conducta de quien obra en legítima defensa puede dar la apariencia de una riña, sin embargo, en esta última los contendientes tienen el ánimo de reñir, o sea de ejecutar un acto ilícito, lo que no sucede en la legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299690-18dbf251/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3020/48. González Patricio y coagraviados. 21 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.
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