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JUEGOS PROHIBIDOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 300292 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1243

Los elementos objetivos o externos del delito establecido en la fracción II del artículo 13 de la Ley de Juegos y Sorteos, son, de conformidad con sus términos textuales: 1) la existencia de un local en donde se juegue en forma ilícita; 2) que a dicho local asistan personas con el carácter de jugadores o espectadores; y no puede considerarse que se encuentre comprobado el primero de los elementos referidos, o sea la existencia de un local en donde se juegue en forma ilícita, si aunque en la casa de que se trata se encontraron algunos implementos propios para jugar ilícitamente, ninguno de los detenidos afirmó que se estuviera jugando, y los agentes de la Policía afirmaron no haber presenciado que alguno de los detenidos estuviera jugando, e inclusive manifestaron que el lugar en donde se encontraron los implementos de juego no estaba ocupado por persona alguna, en el momento de irrumpir violentamente en dicha casa. La inverosimilitud de las declaraciones de los detenidos, con respecto a la presencia en el lugar, no necesita ser examinada, pues en los términos de la disposición legal aplicable bastarían sus declaraciones en el sentido de encontrarse en la casa, para que, presuntivamente, y salvo prueba en contrario, se les otorgara la calidad de juzgadores o espectadores; todo esto en el supuesto caso de que hubiere quedado comprobado que en la casa precitada se jugaba en forma ilícita, lo cual no ha quedado demostrado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300292-60efb241/juegos-prohibidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 8798/49. Villarello Fernando. 2 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente..

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