TESTIGOS EN EL PROCESO, RETRACTACION DE LOS.
Las declaraciones de los testigos, producidas a raíz de la investigación de algún hecho delictuoso, y rendidas ante la policía judicial, merecen mayor convicción que las que, con mucha posterioridad, rindan durante la secuela del proceso, y ello es natural considerarlo así, bajo cualquier punto de vista, supuesto que sus deposiciones originarias tienen que ajustarse con mayor exactitud a la realización de los hechos,por acabar éstos de suceder, y, por lo mismo, sus dichos engendran veracidad, y ya la rectificación de sus primitivas declaraciones, sin otra probanza que las robustezca, trae al ánimo el convencimiento de que esa rectificación pudo haber sido aconsejada por personas interesadas en imputarle la comisión del hecho delictuoso a algún acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300439-a71a7089/testigos-en-el-proceso-retractacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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