TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS.
Los dichos de los testigos presenciales de hechos delictuosos, obtenidos inmediatamente después de verificados éstos, resultan más veraces, porque en esos momentos narran los sucesos en la forma en que los vieron, y sin haber tenido oportunidad de ponerse de acuerdo o de admitir sugestiones o consejos de parte de otros testigos, del sujeto activo del delito o de sus defensores, y es lógico suponer que un instinto natural los lleve a conducirse con verdad, por lo que esos dichos adquieren mayor credibilidad, y la rectificación que de ellos hicieren, en posteriores declaraciones, sólo puede admitirse cuando no sólo expliquen los motivos de su retractación, sino que los acrediten, a fin de invalidarlos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296072-692e246a/testigos-retractacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS, RETRACTACIÓN DE LOS, EN MATERIA PENAL.- (3169)
- TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- TESTIGOS EN EL PROCESO, RETRACTACION DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS EN EL PROCESO, RETRACTACION DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis