LESIONES, CUERPO DEL DELITO DE.
El cuerpo del delito de una lesión si está comprobado en autos, si aun cuando en la fe judicial se omitió hacer referencia a esa lesión, los primeros testigos que rindieron sus declaraciones, antes de que fuera presentado el dictamen médico, ya hablan de esa lesión y la existencia de la misma viene a confirmarla el dictamen pericial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300655-4f0f82e7/lesiones-cuerpo-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 7825/48. Pola Pompilio A. 25 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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