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VIOLENCIA CONTRA CENTINELAS O GUARDIAS, EL DELITO DE, PUEDE SER COMETIDO POR CIVILES (LEGISLACION MILITAR).

Clave: — · Registro digital (IUS): 300708 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1197

Aunque es cierto que en los autos quedó establecido y las sentencias de primera y segunda instancias reconocieron el carácter civil del acusado, también lo es que los actos ilícitos por él cometidos, deben quedar comprendidos dentro de la fracción II del artículo 279, relacionado con el 278, ambas disposiciones del Código de Justicia Militar, porque de conformidad con los artículos acabados de invocar, la violencia cometida contra un centinela, contra un miembro de una guardia, un vigilante, serviola o guardián, hace acreedor a su responsable a una sanción corporal de cinco años de prisión, si al cometer tal violencia no hace uso de las armas, y del contexto de las disposiciones aplicadas para sancionar la violencia que se cometa en contra de una guardia, no se desprende que el delito de que se trata, se puede cometer sólo por militares (como en otra muchas disposiciones del Código de Justicia Militar se establece), ya que es natural presuponer que la violencia a una guardia pueden realizarla indistintamente militares o civiles, o militares o civiles en conjunto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300708-34da3c23/violencia-contra-centinelas-o-guardias-el-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo CI, página 3458. Indice Alfabético. Amparo directo 3035/47. Rivera Godínez Guillermo. 4 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne. Tomo CI, página 1197. Amparo penal directo 3033/47. Minor Ortega Felipe. 4 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne. Tomo CI, página 3458. Indice Alfabético. Amparo directo 3031/47. Díaz Váldez Benito. 4 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne. Tomo CI, página 3458. Indice Alfabético. Amparo directo 3029/47. Rivas Enrique Manuel y coagraviados. 4 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne.

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