LEYES PENALES, APLICACION DE LAS.
No existe razón para aplicar una legislación penal a hechos ocurridos con anterioridad a su vigencia si en ella es mayor la pena que se impone a los responsables por la especie criminosa de que se trate.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301207-c588dccd/leyes-penales-aplicacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5993/47. González Angeles J. Pilar. 4 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LXXXIX, página 13, tesis de rubro "LEYES PENALES NUEVAS.".
Tomo XCIV, página 1438, tesis de rubro "LEYES PENALES, APLICACION DE LAS.".
Tomo XCIV, página 1626, tesis de rubro "LEYES PENALES, APLICACION DE LAS.".
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