Corpus
Modo: Corpus Pro

OFENDIDO, PUEDE INTERPONER REVISION EN EL AMPARO, CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 301627 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1520

Sí son procedentes los agravios hechos valer en revisión por el tercero perjudicado, ofendido en el proceso, y por otra parte, el auto de formal prisión dictado en contra de los quejosos, no viola sus garantías constitucionales, procede revocar la sentencia del Juez de Distrito y negar el amparo a los quejosos, en contra del auto de formal prisión que les dictó la autoridad responsable.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301627-f0364b16/ofendido-puede-interponer-revision-en-el-amparo-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 3137/48. Irigoyen Olace Antonio y coag. 24 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo CI, página 1075, tesis de rubro "OFENDIDO, REVISION INTERPUESTA POR EL (AUTO DE FORMAL PRISION).". Tomo CVI, página 1162, tesis de rubro "OFENDIDO, REVISION INTERPUESTA POR EL.".

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