LEGITIMA DEFENSA.
El reo en modo alguno pudo haberse encontrado en las condiciones de defenderse legalmente, si, armado, fue él quien persiguió a la víctima, a pesar de que ésta iba de huida. De aquí que el requisito del peligro inminente no haya existido, lo que es lo mismo, que el infractor no se encontró ante la disyuntiva de herir o de ser herido, de matar o de ser muerto por el ofendido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302016-75243117/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3845/47. Cacheus González Arnulfo. 13 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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