CONDENA CONDICIONAL, MODO HONESTO DE VIVIR, PARA LOS EFECTOS DE LA.
El modo honesto de vivir debe tenerse por probado, aun sin prueba especial para justificarlo, con tal que aparezca de la declaración del procesado al dar sus generales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/302176-5454fc73/condena-condicional-modo-honesto-de-vivir-para-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8879/47. Pato Rodríguez Manuel. 17 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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