LESIONES INFERIDAS EN RIÑA POR EL PROVOCADO, PENALIDAD EN CASO DE.
El Código Penal, al decir que se impondrá al responsable hasta la mitad o hasta cinco sextos de las sanciones, sólo señala los límites a que debe llegar la pena como máximo, sin fijar el mínimo aplicable, por lo que debe acudirse al mínimo genérico señalado en el artículo 25 del citado ordenamiento.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 432/46. Pérez Moreno Celia. 9 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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