VIOLACION DELITO DE.
La definición legal del delito de violación, requiere el uso de la violencia o el aprovechamiento de una circunstancia que impida la resistencia de la ofendida; desde este punto de vista, si la ofendida tomó bebidas embriagantes, pero no al grado de haber perdido el conocimiento, debe descartarse la situación en que, por haber perdido el sentido, se equipara la cópula realizada con la ofendida, a la violación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303225-ebcc3011/violacion-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 200/41. Alfaro Arnulfo. 19 de junio de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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