TESTIGOS EN EL PROCESO.
Las declaraciones de los testigos, no obstante la poca edad de éstos, deben admitirse con valor probatorio, si el hecho que narra, es susceptible de ser conocido por individuos de su edad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303254-02839797/testigos-en-el-proceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2751/47. Arredondo Vargas Sotero. 27 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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