INFORME PREVIO, OMISION EN EL.
Si la autoridad responsable fue omisa al informar sobre un acto, debe presumirse cierto dicho acto y si puede causarle al quejoso perjuicio de difícil reparación, la suspensión es procedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303482-21c9b361/informe-previo-omision-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 8691/46. León Francisco Magdaleno. 8 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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