VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
La ventaja se surte siempre que el infractor tenga perfecto conocimiento de que ningún peligro corre al llevar a cabo su agresión, ya sea por la superioridad del arma empleada, por la superioridad numérica o porque su contrario se encuentre inerme o totalmente imposibilitado para defenderse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303644-ad10e567/ventaja-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 193/45. Castañeda José María. 24 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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