LEGITIMA DEFENSA.
Se requiere legalmente, para que pueda configurarse la legítima defensa, que el reo actúe encontrándose en la disyuntiva de herir o ser herido o de matar o ser muerto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303647-9bc68627/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XC, página 2904. Indice Alfabético. Amparo directo 5977/46. López Anacleto. 24 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. Disidentes: Roque Estrada y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XC, página 1017. Amparo penal directo 9528/45. Arévalo Medina Santiago. 24 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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