CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS, Y POSTFECHADOS (FRAUDE).
El hecho de postfechar el cheque, no lo desnaturaliza y sigue teniendo el carácter de una orden incondicional de pago, por tanto, aun cuando los tomadores convengan en no presentar al cobro tales cheques, hasta la fecha que aparece en ellos, no por eso puede decirse que se trate de un documento que sólo engendra acciones civiles y no da margen a la aplicación de las penas que correspondan al delito definido en el artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito; pero dicho delito no es un delito formal o de peligro, sino de daño, y el conocimiento por parte del tomador de un cheque, de que el girador carece de fondos, impide la intervención del dolo, en la infracción, por lo que en tal caso, no existe el cuerpo del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303942-e639914c/cheques-librados-sin-fondos-y-postfechados-fraude · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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