FRAUDE, DELITO DE. COMPROMISO DE NO ENAJENAR.
Si no obstante el contenido expreso de una cláusula del contrato de compraventa, que le impedía al reo enajenar o gravar el negocio objeto del mismo, hasta no satisfacer integramente su precio, lo traspaso en forma onerosa, antes de que esa condición se realizara, cometió el delito de fraude.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304147-4ab7c095/fraude-delito-de-compromiso-de-no-enajenar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3239/46. Hernández Morales Emilio. 27 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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