FRAUDE, DELITO DE.
Si se demuestra que una persona ha contraído determinadas obligaciones contractuales, impulsada por un engaño integrante de un fraude, para proceder penalmente contra el autor de ese engaño, es innecesario esperar a que puedan llegar a cumplirse tales obligaciones, contraídas a consecuencia de un delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299462-f05b5520/fraude-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6812/50. Molina Dasi Enrique. 9 de diciembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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