INCONSCIENCIA, EXCLUYENTE DE.
Es de notoria inconsistencia la argumentación relativa a esta excluyente de responsabilidad, si falta la prueba eficaz requerida para acreditar el estado de inconsciencia en que dijo haber delinquido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304535-a26e6782/inconsciencia-excluyente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7899/45. Juárez Díaz Marcos. 11 de mayo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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