EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD. POR ESTADO DE INCONSCIENCIA.
La excluyente de responsabilidad criminal por el estado de inconsciencia en que asegure el quejoso haberse encontrado al llevar a cabo los actos delictuosos, es inoperante si no existen elementos probatorios que revelen esa situación de ánimo, esa ausencia de voluntad en el sujeto activo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296639-f063b05b/excluyente-de-responsabilidad-por-estado-de-inconsciencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2293/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se publica en nombre del promovente. 28 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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