LESIONES, CLASIFICACION DE LAS.
Si no se determinó, en forma fehaciente, si las lesiones que infirió el reo a la víctima, pusieron realmente en peligro su vida, ya que se omitió el referirse a ese punto, en el certificado de sanidad de dicho lesionado, y el agente del Ministerio Público que intervino en el proceso, no cuidó, en su oportunidad, de solicitar la aclaración que correspondía, tal omisión sólo puede interpretarse en beneficio del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304603-11ac424a/lesiones-clasificacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7492/45. Hernández Agustín. 11 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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