HOMICIDIO, CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
No se justifica el cuerpo del delito de homicidio en los términos del artículo 174 del Código de Procedimientos Penales del Estado, ni en otra forma de las permitidas por la ley, sin ninguna autoridad dio fe del cadáver, no hubo dictamen pericial de médico alguno, que lo hubiese reconocido y asegurado que el fallecimiento de la víctima se debió a las lesiones recibidas, ni se practicó la autopsia del cadáver.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304618-eb4edf09/homicidio-cuerpo-del-delito-de-legislacion-de-tamaulipas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 6923/45. Cruz Ernesto de la. 13 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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