CONDENA CONDICIONAL.
Si bien es verdad que la buena conducta no se identifica con la carencia de antecedentes penales, también lo es que sólo acciones moral o socialmente punibles, constituyen la mala conducta y mientras no se pruebe la existencia de esta clase de acciones, debe presumirse la probidad de cualquier individuo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304758-77275905/condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7194/45. Sandoval Fernando. 19 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONDENA CONDICIONAL. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA PARA LOS EFECTOS DE LA. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA PARA LOS EFECTOS DE LA. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA PARA LOS EFECTOS DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis