INFORME JUSTIFICADO.
Si la autoridad señalada como responsable, al rendir su informe justificado, se limita a transcribir el auto de formal prisión que se reclama, en el que se hace relación de los hechos ocurridos, sin acompañar constancias que comprueban esos hechos; pero el quejoso no discute la existencia de los mismos, ni en sus agravios reclama sobre deficiencias del informe, bastara esa relación de hechos, no contradichos por el ocurrente, para poder determinar si el acto que reclama es o no anticonstitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304776-daf2e6fb/informe-justificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 4541/45. Juárez Crescenciano. 29 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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