RETROACTIVIDAD DE LAS, LEYES PENALES.
Si conforme al código vigente en la época en que se cometió el delito, cuando entre su perpetración y la sentencia irrevocable se promulgaren una o más leyes que disminuyan la pena o la sustituyan con otra menor, para aplicarse la nueva ley, debía pedirlo al reo, esta disposición debe ser sustituida por la del nuevo código que suprime el requisito de solicitud por parte del reo y manda que imperativamente se aplique la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304954-b63f844a/retroactividad-de-las-leyes-penales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8130/44. García Bonilla Pedro. 18 de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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