Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PENAS, LUGAR DONDE DEBEN EXTINGUIRSE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 305286 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2232

Aunque los Ejecutivos de los Estados están facultados para señalar el lugar de extinción de las penas impuestas por sentencias irrevocables, deben hacerlo dentro de la jurisdicción territorial que gobiernan; en consecuencia, aun cuando tengan arreglos con la Federación no pueden enviar a los reos a la colonia penal de las Islas Marías, pues tal circunstancia implica no sólo una modificación sustancial en la naturaleza de la pena, sino inobservancia de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 18 constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305286-e7612b26/penas-lugar-donde-deben-extinguirse · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LXXXIV, página 3191. Indice Alfabético. Amparo en revisión 1038/45. Quintero Trujillo Gilberto y coagraviados. 18 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXXIV, página 2232. Amparo penal en revisión 1040/45. Nido Francisco L. y coagraviados. 13 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis