HOMICIDIO EN RIÑA POR EL PROVOCADO, PENALIDAD APLICABLE AL.
El máximo aplicable al homicidio en riña cometido por el provocado, es la mitad de trece años, según lo establecen los artículos 307 y 308 del Código Penal del Distrito, y el mínimo, por no fijarlo en forma expresa tales preceptos, deben ser el mínimo genérico de prisión de tres días, señalado en el artículo 25 del mismo ordenamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305977-5f4bd13f/homicidio-en-rina-por-el-provocado-penalidad-aplicable · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5701/49. Yelva Ramírez Pablo. 8 de diciembre de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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