DICTAMEN PERICIAL.
En un dictamen pericial no debe emitirse una opinión que sea peculiar de la autoridad judicial, como lo es decidir, con vista de las pruebas aportadas al sumario, la pericial inclusive, sobre la responsabilidad o irresponsabilidad del reo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306160-18b0ead1/dictamen-pericial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7205/44. Villaseñor Loza Francisco. 16 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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