DICTAMEN PERICIAL.-
No corresponde a los peritos emitir opinión sobre un punto que es exclusivo de la autoridad judicial, como es el decidir, con vista de las pruebas recabadas en el sumario, la pericial inclusive sobre la responsabilidad o irresponsabilidad del reo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906066-78c4f9d8/dictamen-pericial-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 477/45.-Moreno Martínez Leonardo.-26 de marzo de 1945.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXXIII, página 4601, Primera Sala.
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