LEGITIMA DEFENSA.
El hecho de que una contienda de obra se haya prolongado por más o menos tiempo, no es motivo que excluya la legítima defensa, pues ésta puede manifestarse en forma de contienda, si el principio de la misma se originó por una agresión intempestiva y violenta de parte de uno de los contendientes que no pudo repeler el otro, sino por medios violentos, pero el agredido procuró eludir la lucha huyendo y al ser agredido de nuevo, mató a su agresor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307000-aeb3ef03/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9670/43. Moreno Pedro. 10 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DEFENSA LEGITIMA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA, NO ES ADMISIBLE EN LOS CASOS DE RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis