PRUEBAS EN EL PROCESO.
Si son solicitadas fuera del término que la ley señala y cuando ya está cerrada la instrucción, no puede considerarse que se está en el caso previsto por la fracción VI del artículo 160 de la Ley de Amparo, por haberse cometido una violación procesal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307096-59c09a1f/pruebas-en-el-proceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5337/43. Calvillo Olmos Marcela. 15 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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